Tel. (754) 232-0775 WhatsApp (7542320775)
Inmediatamente seguido a estas condiciones podrá ver un vídeo del Tata Nquiza Malongo yaya José Montoya “Congo Malongo Tiembla Tierra saca empeño 7 Rayos centella Zarabanda chola compone y descompone Mayimbe Vititi mensu.
Leer lo siguiente para estar bien informado y en conocimientos plenos de nuestras condiciones para la iniciación en Palo Monte.
1 - La persona tendrá primero que ser consultado para determinar sus caminos y sí puede jurar en Palo Monte o no, igual, si su juramento es para Nguello o Tata Nquiza Malongo. El interesado tendrá que pagar los derechos de ese registro primario que será de $ 350.00 Dólares USA.
2 - El registro es solamente de investigación espiritual y no le da derechos a ser jurado, eso lo determina el Tata después que el registro haya determinado que sí puede jurar Palo Monte, el tata se reserva el derecho de proseguir al juramento o no, el juramento tendrá un costo aparte al registro que la persona tendrá que pagar si es aceptado a proseguir al juramento.
3 - Una vez la persona haya presentado “El pago los derechos para jurar, no tendrá devolución”
4 - El juramento se llevará a cabo conjunto a otros futuros iniciados, por lo que tendrá que esperar a que una vez haya depositado los derechos “Pagos” por su juramento de 750.00 Dólares USA, tendrá que esperar a que se le asigne el día del juramento, si la persona desea jurar él solamente sin otras personas a la vez, tendría que pagar un derecho mayor que sería de $ 3500.00 Tres mil quinientos dólares.
5 - El “Reino Obaife” los guardianes del templo exigen, que si la persona que desea iniciarse no está presentada por otro hermano del Munanzó, tendrá que presentar por motivos de seguridad una identificación legal actualizada que podrá ser comprobada su legitimidad, esta condición aplica también para los registros o consultas.
6 - En nuestras iniciaciones no se llevan a cabo sacrificios de anímales ni se llevan a cabo juramentos ni iniciaciones a personas menores de edad, tampoco nuestras iniciaciones son iguales a las que se llevan a cabo por otros individuos que se dicen ser tatas, y toda ceremonia que se lleve a cabo no se revelan hasta que la persona esté iniciada y se someta al proceso de aprendizaje basado a las reglas establecidas en el Munanzó “Reino Obaife”.
Final - Otras condiciones pueden aplicar que podrían ser proferidas “Dichas” personalmente si el tata lo entiende, igual, las condiciones anteriores pueden ser cambiadas sin previo aviso.
Gracias. Que Nzambia le cutare.
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El tata José Montoya explica sobre la iniciación o juramento (Rayamiento) en Palo Monte o Mayombe en el "reino Obaife"
Para recibir fundamentos Mayombe o de Palo Monte, amuletos, místicos o exotéricos.
Los fundamentos o Ngangas en Palo Monte o Mayombe en nuestra creencia son sagrados, significa, que todo religioso que reciba un fundamento sagrado debe de tratarse de una persona con todas las condiciones en el conocimiento de cumplir con su responsabilidad del cuidado y buen manejo espiritual de esos fundamentos, amuletos o aquellos considerados únicamente para persona iniciadas o consagradas completamente en las liturgias religiosas que comprenden las diferentes ceremonias concernientes a estas prácticas de dependencia africana, o antillana ancestral aborigen o las sagradas, o quiénes lo adquieran con fines religiosos y de fe.
Condiciones para poder recibir un fundamento o más.
En nuestro templo existen dos formas de recibir un fundamento, los que reciben aquellos religiosos oficialmente reconocidos cómo parte del templo “Reino Obaife” que son aquellos religiosos que hayan pasado por todas las ceremonias que se exijan para poder formar parte del “Reino Obaife” cómo feligrés o sacerdotes. Las condiciones son aquellas que sean orientadas por los sacerdotes del templo. Los religiosos que se encuentren en calidad de feligrés del templo o sacerdote del templo serán aquellos que cumplan con los requisitos que se exijan en las reglas generales o mandamientos del templo, todos los feligreses, sacerdotes y todo religioso que se encuentre en calidad de seguidores del templo tendrán que seguir y obedecer todas las reglas existentes para formar parte del templo “Reino Obaife”.
Independientes.
Religiosos Tatas O Nyayis que deseen recibir fundamentos del “Reino Obaife” si son independientes.
Las personas que deseen recibir un producto o fundamentos religiosos exotérico o místicos y no se encuentren en la categoría de seguidores o parte del templo “reino Obaife” no son considerados cómo seguidores del templo ni parte del templo, sino cómo independientes, y no tendrán derecho a participar en las actividades del templo, ni visitar el templo, a no ser que sean invitados o autorizados, y los fundamentos que se les entreguen se consideran de su responsabilidad, el templo ni sus sacerdotes o representantes están obligados a responder por los independientes en caso de necesites religiosas a no ser aquellas que hayan sido aprobadas por el templo sus sacerdotes y será considerado cómo “Servicios religiosos” Los independientes que reciban fundamentos no serán reconocidos cómo parte del templo “reino Obaife” por lo tanto sus acciones y liturgias son de su responsabilidad única, los independientes podrán solicitar que sus fundamentos estén montados en recipientes de barro, madera “El que considere el templo”, hierro (Calderos) o en sacos. El templo ni sus sacerdotes están obligados a revelar el contenido de los fundamentos ni cómo se tienen que trabajar, una vez el independiente reciba su fundamento es de su propiedad y ni el “Reino Obaife” ni sus sacerdotes tienen ninguna responsabilidad sobre los fundamentos una vez haya sido entregado a su propietario o desde el momento que sea enviado por cualquier vía de mensajería, tampoco existe devolución de ningún tipo, si rompen o se destruye el fundamento es responsabilidad única de su propietario.
No se aceptan devoluciones ni cancelaciones de productos solicitados.
Otras reglas y condiciones pueden aplicar sin previo aviso.
Aviso.
Nuestra institución religiosa “Iglesia De Dios de los Estebanistas y sus D/B/A están registradas en el estado de la Florida en los Estados Unidos de América en el condado Citrus y en Crystal River, y usted acepta que en caso de litigios legales todo asunto legal que sea llevado a un litigio de cualquier tipo legal será único y exclusivamente en el Condado de Citrus o la ciudad de Crystal River.
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A continuación los productos que se pueden adquirir.
Por favor solicitar al Templo.
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